“Control de Convencionalidad: Almonacid Arellano versus el Estado de Chile” fue el tema que trató la charla organizada por la carrera de Derecho de la Universidad de Aconcagua sede Rancagua, actividad en la que expusieron los destacados abogados Mario Márquez Maldonado, actual Juez de Policía Local de Malloa y Ricardo Zúñiga Lizama, docente de la Institución, abogado laborista y Juez de Policía Local de Doñihue, ambos representantes de la viuda e hijos del profesor Almonacid.
La charla contó con la participación del Contralor de la Universidad de Aconcagua, Eduardo Ulloa; el Director de la Universidad de Aconcagua Sede Rancagua, Marcelo Salvo; el docente y abogado de la Defensoría Penal de la Región de O´Higgins, Cristian Godoy; el Director de la Carrera de Derecho sede Rancagua, Jorge González, además de estudiantes, docentes, egresados, directores y directoras académicas, además de colaboradores de la Universidad.
Tras una breve introducción realizada por el Director de la carrera, Jorge González Varas, se dio paso al relato del abogado Márquez quien detalló la exposición que hiciera del caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, historia cargada de emotividad por parte del profesional.
Acorde a lo indicado por el docente González, lo resuelto en esa causa en particular por la Corte Interamericana de Derechos Humanos permitió sistematizar el control de convencionalidad en materia de derechos esenciales de la persona humana. Por tanto, esa “sistematización contenida en el fallo es utilizada internacionalmente como doctrina para que los tratados internacionales en materia de derechos y garantías esenciales del ser humano, una vez ratificados y vigentes por cada Estado firmante, sean aplicados como parte del ordenamiento jurídico interno”, indicó.
De esta manera se dio paso a la intervención de Ricardo Zúñiga quien señaló que “efectivamente el fallo que se obtiene de esta causa tiene decisiones resolutivas, lo que se denomina obiter dictum que es aquello que no es de fondo, algo que no se está solicitando, pero que la Corte se pronuncia y sienta una doctrina resolviendo el control de convencionalidad la que consiste en que los países que están adscritos a este tratado deben respetar las normas y la interpretación que ha hecho la Corte al punto que debe controlar su propia legislación interna”.
Posteriormente, el abogado Cristian Godoy realizó un comentario jurídico con relación al caso indicando que “a través del ingenio jurídico de estos abogados se logra relevar este caso para que lo tome la corte, resolviendo su reapertura, investigación y sanción a esta causa”, lo que marcó un precedente a nivel nacional e internacional, siendo relevante la implementación de una herramienta de control de convencionalidad que permite interpretar todo el ordenamiento jurídico interno de los país, indicó.